Los inciertos méritos de Lamela
Al final ha tenido que
ser una asociación de defensa de los derechos civiles la que interponga
un recurso para pedir la nulidad del nombramiento de Carmen Lamela
"Justicia es el firme y constante deseo de dar a cada uno lo que le es debido" Ulpiano
En
ocasiones, la vida nos sirve en un periodo corto diversas pociones que
gracias a esa contigüedad temporal nos permiten apreciar mejor el sabor y
el fondo de las cuestiones que plantean. Así está pasando en estos
últimos días en la Sala Tercera del Tribunal Supremo. En esta ocasión se
trata del sempiterno problema de los nombramientos judiciales viciados
de nepotismo o politización y alejados de la búsqueda de la excelencia
que tantos predican pero pocos practican. Ya les adelantaba que los
jueces están empezando a plantar cara a este rodillo infame mediante
recursos pero también lo está haciendo la sociedad civil, en una clara
defensa del derecho de los ciudadanos a que tales prácticas sean
analizadas y en su caso purgadas por las instancias previstas para ello.
Al final ha tenido que ser una asociación de defensa de
los derechos civiles la que interponga un recurso para pedir la nulidad
del nombramiento de Carmen Lamela como magistrada del Tribunal Supremo
tras su breve paso por el Juzgado Central de Instrucción 3. Un
nombramiento que ya resultó escandaloso en su día ya que, como no es
inhabitual desgraciadamente, parece más premiar un servicio prestado que
unos méritos contrastados. Ya saben que no es lo mismo tener méritos
que hacer méritos. El lenguaje, que todo lo limpia, lo fija y le da o le
quita esplendor. Lamela fue nombrada para el cargo y preferida entre 36
magistrados en un acuerdo de la Comisión Permanente de Lesmes en el que
"se limitaron a exponer los méritos de ésta pero sin contener ninguna
explicación sobre en qué aspectos es mejor al resto de sus compañeros".
Se trataba en este caso de cubrir la vacante dejada por el fallecimiento
de José Manuel Maza y que correspondía al llamado turno de
especialistas en Derecho Penal. Así que, obviamente, una de las
características que se debían tener en cuenta era dicha especialidad.
Déjenme recordarles que acreditar tal especialidad ha devenido una cosa
liosa y que, en resumen, tenemos a aquellos magistrados que hicieron el
llamado "cursito" por ordenador cuando ascendieron y a los que pasaron
las duras pruebas convocadas por el CGPJ en 2011, que llamaremos "el
súper examen" y cuya convocatoria fue anulada por una cuestión de forma
referida a la facultad del propio Consejo para convocarlas.
Todo
este lío, al que luego me referiré, ni siquiera tiene mucho que ver en
el caso de Carmen Lamela ya que ésta no tiene ni lo uno ni lo otro y,
sin embargo, ha sido preferida a candidatos que tenían una modalidad de
especialista o la otra para acceder a ese puesto. Así que el sanedrín de
Lesmes constató en ella "un alto grado de especialización" en la
investigación y enjuiciamiento de macro causas, delitos de terrorismo y
órdenes europeas de detención y entrega aunque olvidaran explicar por
qué estos méritos desplegados en su breve lapso de tiempo destinada en
la Audiencia Nacional eclipsaban los de otros peticionarios que llevaban
un cuarto de siglo haciendo esas mismas cosas y, además, habían pasado
el súper examen de la especialidad. Tampoco decían nada, y es un dato
que menciona la demanda, de si siendo la candidata que había sido sujeto
en algún momento de la instrucción de un expediente disciplinario,
frente a compañeros que jamás se habían visto en ese trance, esto la
hubiera perjudicado o no a la hora de valorar sus méritos. ¿Qué tenía
Lamela que podía saltar por encima de la especialización pedida y
soslayar algunos puntos oscuros de su trayectoria? ¿Hubieran sido
contemplados sus méritos con la misma vara de medir, y obviados los de
sus contrincantes, si no hubiera caído en sus manos la causa contra el
procés promovida por el propio Maza?
Esta demanda
llega a la Sección Sexta de la Sala Tercera en la semana en la que ésta
ha hecho pública la sentencia que anula los nombramientos de Enrique
López y Eloy Velasco para la Sala de Apelaciones, para la que también
prima la especialidad en penal. En esta sentencia queda muy claro que
"se sitúa en pie de igualdad a quienes han superado las pruebas de
promoción a magistrado (el cursito) con aquellos que ha superado la
prueba de especialización (el súper examen). Si se aplicara a un
supuesto sí y a otro no el mérito preferente (...) se estará incurriendo
en una infracción de ordenamiento jurídico", dice la sala. ¿En qué se
ha incurrido en el caso de Lamela al no solamente no aplicar el mérito
igual a los del cursito y a los del súper examen sino al ningunear a
todos ellos para nombrar a una candidata que no tiene ninguno de los
dos?
De la sentencia que anula el nombramiento de
López y Velasco ha sido ponente el magistrado José Manuel Sieira que ha
sufrido en sus carnes este infausto e injusto sistema de nombramientos
del CGPJ. Como les conté en su día, Sieira era el prestigioso y
respetado presidente de la Sala Tercera hasta que no se le renovó en su
cargo, como era además tradición, para poner en su lugar a Díez-Picazo,
universalmente considerado ya responsable por su mal hacer del escándalo
de la marcha atrás en el caso de los gastos hipotecarios para proteger a
la banca. Sieira no sólo es un magnífico magistrado sino que debe
llevar grabada a fuego la injusticia ulpianiana que se practica en el
reino de taifas de Lesmes. Y ahora le es dado controlar estos desmanes.
Es
no sólo de justicia sino incluso de justicia poética, que esta impune
actitud sea analizada ahora por magistrados que se atrevan a plantar
cara a un sistema podrido. Si además reflexionan sobre la inaceptable
cuestión de que solamente aquellos que hayan sido perjudicados en un
nombramiento, por no haber sido nombrados ellos mismos, puedan denunciar
y combatir estos manejos, estarán haciendo un servicio a la democracia.
La ocupación sistemática de los altos puestos de decisión judicial por
nombramientos ad hoc del poder de turno, no solo perjudica a unos u
otros magistrados en sus carreras sino a todos los ciudadanos y a una
sociedad que se dice basada en los principios de igualdad y de mérito.
Que las asociaciones judiciales o de derechos civiles no puedan siquiera
plantear los casos para que los jueces competentes los analicen es un
despropósito democrático.
Las terribles consecuencias
en términos de pérdida de calidad jurisdiccional, deterioro de la
confianza ciudadana en la Justicia, falta de prestigio de la propia
profesión de juez y de zozobra de los controles democráticos no son
cuestiones particulares de nadie. Esperemos que no tenga que ser
finalmente Europa la que haga entender algo tan básico.
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