Una decisión necesaria y urgente
No es en absoluto descartable que el 155 ocupe un lugar destacado en las convocatorias electorales del mes de mayo
El Tribunal Constitucional no puede escurrir el bulto cuando el país es posible que tenga que enfrentarse a la crisis constitucional más grave desde la entrada en vigor de la Constitución
Javier Pérez Royo
El Tribunal Constitucional no puede escurrir el bulto cuando el país es posible que tenga que enfrentarse a la crisis constitucional más grave desde la entrada en vigor de la Constitución
Hay dos recursos de
inconstitucionalidad interpuestos contra la aplicación por parte del
Gobierno presidido por Mariano Rajoy del artículo 155. Uno fue
interpuesto por Podemos y otro por el Parlament de Catalunya. Ambos
fueron admitidos a trámite y están pendientes de que el Tribunal
Constitucional los resuelva.
Si la posibilidad de que
se pueda hacer uso de nuevo del 155 estuviera descartada, podría
resultar razonable que el Tribunal Constitucional considerara que no
tiene urgencia alguna en resolver dichos recursos y que puede dilatar la
decisión sobre los mismos.
Pero no es eso lo que está ocurriendo. Prácticamente no
pasa una semana sin que se reclame la aplicación del 155 de nuevo a
Catalunya. Una aplicación que en esta segunda ocasión debería hacerse de
manera plena y sin límite de tiempo. No es en absoluto descartable que
el 155 ocupe un lugar destacado en las convocatorias electorales del mes
de mayo, ni tampoco que se activen peticiones de aplicación por
Parlamentos de las Comunidades Autónoma, como acaba de hacerlo el de
Extremadura, o por un mayor o menor número de municipios.
Nos guste o no, el 155 está en el centro del debate político. No hay
ningún problema de naturaleza constitucional más importante, porque no
hay crisis constitucional de mayor envergadura que aquella a la que se
haría eventualmente frente con la activación del mismo. Y más si se
activara en los términos en que se está proponiendo.
El Tribunal Constitucional debería despejar todas las dudas de
constitucionalidad contra la concreta aplicación del 155 que hizo el
Gobierno presidido por Mariano Rajoy y debería definir con precisión
cuál es el contenido y alcance de la “coacción federal” en nuestra
Constitución.
Se trata de una tarea urgente. El
Gobierno de la Nación, fuera el que fuera, debería de activar el 155, en
el caso de que lo estimara conveniente o necesario, con base en la
interpretación que de dicho precepto ha hecho el “máximo intérprete de
la Constitución”. El Gobierno presidido por Mariano Rajoy tuvo que
aplicar el 155 sin saber cuál era la opinión del Tribunal
Constitucional, porque no podía ser de otra manera. El Tribunal
Constitucional únicamente puede revisar la interpretación que se ha
hecho de la Constitución por el o los órganos políticos encargados de
hacerla, el Gobierno y el Senado en el caso del 155. Pero una vez que se
aplicado y que dicha aplicación ha sido impugnada y la impugnación ha
sido admitida a trámite, el Tribunal Constitucional tiene que resolver
dicha impugnación, de tal manera que el Gobierno y el Senado pudieran
actuar de manera constitucionalmente indiscutible.
El
Tribunal Constitucional viene demostrando en estos últimos años que es
capaz de actuar con notable celeridad cuando ha tenido que enfrentarse
con decisiones del Govern y del Parlament de Catalunya. No parece
razonable que no demuestre esa misma capacidad de actuar con celeridad
cuando tiene que enfrentarse con decisiones del Gobierno de la Nación y
del Senado. La imparcialidad también tiene que demostrarse en los
tiempos de respuesta.
No cabe duda que el problema
que se tiene que resolver es complejo. Pero los dos recursos fueron
admitidos a trámite hace ya un año, tiempo suficiente para su estudio y
deliberación, si se está dispuesto a estudiarlo y a deliberar sobre él.
Tal como está el patio y con la posibilidad de que se produzca un
enfrentamiento entre los distintos partidos políticos acerca de una
posible aplicación del 155 en Catalunya, el Tribunal Constitucional
debería situar la resolución de los recursos contra la decisión del
Gobierno presidido por Mariano Rajoy como su primera prioridad. El
Tribunal Constitucional no puede escurrir el bulto cuando el país es
posible que tenga que enfrentarse a la crisis constitucional más grave
desde la entrada en vigor de la Constitución.
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Así, desde la calle, se tiene la sensación cada vez más persistente de que el problema más grave y demoledor no sea de verdad la resolución sobre cómo aplicar el 155 de la Consti, sino que el verdadero problema es la desgracia de un Estado donde el Tribunal Constitucional, como el Tribunal Supremo, están al servicio descarado de los intereses de los partidos que mandan y a los que les deben su existencia y nutrición ininterrumpida de togas y gerifaltazgos, y para los que la Consti sólo es esa "bella inútil" cuya existencia retórica garantiza cómo ningunerarla mejor y con más jeta, una vez despachurrada la ética y los DDHH convertidos en material desechable de reciclaje imposible y por ello afectados de amnesia selectiva ad hoc.
O sea, que el laberinto del poder en España es en realidad una mafia intrincada y obviamente constituída aposta en plan jungla, donde te pones a cortar lianas que es imposible saber donde empiezan y acaban y no solo no logras acabar con ellas y despejar el sendero, sino que ladinamente te rodean mientras crees que las cortas por un lado, y cuando quieres seguir cortando por el otro flanco, no puedes hacer nada porque te han enredado y maniatado con su mismo sistema lianista y enredón sin fuste, para más inri, hiper-invasivo.
Eso es lo que se percibe desde fuera...No quiero ni imaginar cómo se debe percibir desde dentro, si es que, por un lado hay conciencia moral y por otro, el mismo bosque de lianas permite que se perciba algo entre shobresh, prebendash y togash, eso sí, impecablesh ambosh. Hechos un primor (de primos, pardillos y paganinis, of course)
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