jueves, 19 de abril de 2018


Montoro y el delito de malversación

En la Política hay una cierta flexibilidad a la hora de evaluar las declaraciones que se han hecho en distintos momentos. Pero en el Derecho no la hay
Montoro sobre el máster de Cifuentes: no entiendo la obsesión por los títulos
Cristóbal Montoro EFE
Cristóbal Montoro dijo lo que dijo y lo dijo en el Pleno del Congreso de los Diputados. Sus palabras tienen que figurar en el Diario de Sesiones tal como fueron pronunciadas. No cabe duda de que el abogado de Carles Puigdemont ya habrá solicitado a la Secretaría General copia de las mismas y que, acompañadas de la traducción correspondiente, las pondrá en conocimiento de los tres jueces que van a constituir el Tribunal de Schleswig-Holstein que tendrá que tomar la decisión sobre la extradición por este delito.
En España están pasando cosas que nunca pensamos que llegaríamos a verlas, pero, a pesar de todo lo que hemos visto, pienso que el Congreso de los Diputados no es la Universidad Rey Juan Carlos y no creo que se pueda rectificar fraudulentamente el contenido del Diario de Sesiones como se han rectificado las actas de las asignaturas del Máster de Cristina Cifuentes. En consecuencia, las palabras del Ministro de Hacienda en el Pleno del Congreso de los Diputados acerca de que no se ha gastado ni un euro público en el referéndum del 1-O es la “verdad gubernamental oficial” en la materia. Tanto desde un punto de vista político como administrativo esa es la posición del Gobierno. Debe recordarse, además, que esa misma posición fue mantenida expresamente por el presidente del Gobierno en respuesta a una interpelación de Albert Rivera también en el Pleno del Congreso de los Diputados. Se supone que tanto Mariano Rajoy y Cristóbal Montoro tenían la información pertinente y la transmitían con veracidad.
¿Pueden transmitir el presidente del Gobierno y el Ministro de Hacienda al Juez Instructor una información distinta a la que transmitieron al Congreso de los Diputados sobre el mismo asunto?
¿Ocultaron información al Congreso de los Diputados o están “reconstruyendo la información” para decirle al Juez Instructor lo que éste quiere que le digan de la misma manera que “se reconstruyeron las actas” para decirle a la presidenta de la Comunidad de Madrid lo que ésta quería oír? ¿Cómo se va a poder justificar ante el Tribunal de Schleswig-Holstein que las palabras que pronunciaron, enfáticamente, además, tanto el presidente del Gobierno como el Ministro de Hacienda en el Pleno del Congreso de los Diputados no se corresponden con las que transmiten al Juez Instructor? Ya no se está poniendo en cuestión la credibilidad del Tribunal Supremo, sino la del Gobierno y, de rebote, la del Parlamento también. ¿A quién va a creer el Tribunal alemán: al presidente del Gobierno y al Ministro de Hacienda cuando hablan ante el Pleno del Congreso o cuando lo hacen ante el Juez Instructor redactor de la euroorden?
En la Política hay una cierta flexibilidad a la hora de evaluar las declaraciones que se han hecho en distintos momentos. Pero en el Derecho no la hay. Piénsese que estamos ante un proceso penal en el que está en juego la libertad de las personas contra las que están dirigidas las querellas de la Fiscalía general del Estado. Y que estamos hablando del valor de la “prueba” con base en la cual se puede destruir la “presunción de inocencia” de un ciudadano. El rigor a la hora de valorar declaraciones contradictorias en el proceso penal es el máximo que se puede exigir en la convivencia humana.
En el mundo del Derecho hay un principio en torno al cual gira el ordenamiento jurídico del Estado Constitucional. Es el principio del paralelismo de las formas. De acuerdo con tal principio, para que una declaración del presidente del Gobierno o del Ministro Hacienda contradictoria con la que ellos hicieron ante el Pleno del Congreso de los Diputados pudiera surtir efecto en un proceso penal, el presidente y el ministro tendrían que acudir al Pleno del Congreso e informar a los Diputados que no fue verdadera la información que les transmitieron en su día, sino que la información verdadera es la que les van a transmitir a continuación. Una vez evacuado este trámite, el ministro de hacienda podría transmitir dicha información al Juez Pablo Llanera. Sin pasar previamente por el Pleno del Congreso de los Diputados el Ministro de Hacienda no le puede decir al Juez Instructor cosa distinta de lo que le dijo a los Diputados. En el caso de que lo hiciera, Carles Puigdemont y todos los querellados podrían impugnar la validez de dicha información. Una prueba alcanzada de esa manera sería nula de pleno derecho. ¿Están dispuestos Mariano Rajoy y Cristóbal Montoro a acudir al Congreso para rectificar sus declaraciones anteriores?
En cualquier caso, en el supuesto de que Cristóbal Montoro estuviera dispuesto a plegarse a la requisitoria del Juez Instructor y decir algo distinto a lo que dijo en el Pleno del Congreso, deberían los diferentes grupos parlamentarios solicitar la comparecencia urgente del ministro en el Pleno del Congreso para dar las explicaciones por ese cambio de posición.
Hacer política a través de los jueces tiene estas cosas. En la política hay muchos vericuetos, pero en los procesos judiciales también los hay. Los tiempos son distintos.  Los actores también. Las estrategias que se ponen en práctica también. La lógica con que se razona y con que se tiene que argumentar tampoco coinciden.  La ilusión de que la intervención de los jueces puede resolver un problema que se tiene que resolver haciendo política, es eso, una ilusión. Y el despertar suele ser amargo. Desgraciadamente no solo para el presidente del Gobierno que actúa de esa manera irresponsable, sino para todo el país.

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