domingo, 13 de enero de 2019

Por desgracia, puedo corroborar, desde la experiencia del voluntariado, el análisis de Elisa Beni sobre los agujeros negros de la Justicia cuando se trata de la prisión preventiva y sus amnesias ad hoc. Una verdadera prevaricación irresponsable, indecente e inhumana que no debería tener cabida en una democracia ni en el vacío de una Constitución normal en un estado de derecho no retorcido ni oxidado, que equivale a corrompido y farisaico. Impresentable total.


La prisión fácil

En Justicia deberían de estar por la Justicia pero el dinero es el dinero y todas estas indemnizaciones por decisiones judiciales se amontonaría en la mesa del Gobierno de turno y podrían producir temblores presupuestarios
El Tribunal Constitucional está dispuesto a enmendar la impunidad con la que se mantiene de forma gratuita en prisión en nuestro país a personas que luego resultan absueltas





El Constitucional suspende cautelarmente el pleno del Parlament del lunes
Edificio del Tribunal constitucional en Madrid EFE

“Que la excepción llegue a ser la regla es la peor de las tiranías”
G.K.Chesterton
Mai Jie-Zhing pasó 1.668 días en prisión por la muerte de dos compatriotas de las que luego fue exculpado. No quisieron indemnizarlo. Es sólo un nombre al azar extraído de una lista inacabable. En España casi el 16 por ciento de los presos lo son sin haber sido juzgados. Son los presos preventivos. Los que se encuentran entre rejas por decisión del juez que investiga un caso. Algo que debería ser excepcional pero que en el caso de los robagallinas es una norma. Nadie quiere problemas. Si la policía detiene a unos sospechosos, como en un engranaje bien engrasado, el fiscal pide la prisión preventiva y el juez la acuerda. Nada tiene que perder así y más complicado sería que se les acabara fugando alguien. Así que ¿qué problema hay? En España se dictan prisiones preventivas cada día que no sólo podrían llamarse “de carril” sino que podrían considerarse “defensivas”. Sobre todo si hablamos de imputados que son carne de cañón. Nadie se lo plantea, porque tampoco tiene ninguna consecuencia. Luego oímos aullidos que claman la presunción de inocencia para los miembros de La Manada, ya condenados dos veces, porque la libertad es la regla y la prisión lo excepcional. Y estoy de acuerdo. Plenamente. Sólo que conozco la práctica forense y, desde luego, no es esa.
Las tres causas constitucionales de prisión provisional se estiran como el chicle. Un preso puede tener arraigo porque es guardia civil y no va a tirar por la borda su empleo o porque ha dejado de serlo y ya no tiene ingresos con qué fugarse. Ambas cosas he leído sin rebozo de la misma persona al mismo tribunal. Y a tragar. Y así tragaba el otro día un ciudadano chino, acusado de un delito contra la salud pública, al que se le negó el arraigo a pesar de llevar 26 años en España y tener a toda su familia y sus negocios en nuestro país. Ocho meses más tarde, la propia Fiscalía pedía la libertad con fianza de 1.000 euros y aquí paz y después gloria. Nada había cambiado, salvo que Li se había comido ocho meses de prisión. Gratis. Siempre gratis.
Estos días se nos ha pasado,entre el fárrago de noticias y las fiestas, que el Tribunal Constitucional está dispuesto a enmendar la impunidad con la que se mantiene de forma gratuita en prisión en nuestro país a personas que luego resultan absueltas. En aplicación de las sentencias de Estrasburgo que condenan a nuestro país, los magistrados del Tribunal Constitucional van a reunirse para enmendarse la plana y enmendar la ley española al respecto que creen, ellos mismos, que puede ser inconstitucional. El artículo 294.1 de la LOPJ prevé que tendrán derecho a ser indemnizados aquellos casos en los que tras sufrir prisión preventiva se demuestre que no se ha producido el delito. Eso daba lugar a que un porcentaje ínfimo de personas encarceladas sin motivo fueran indemnizadas. Fíjense que ni Dolores Vázquez, tras pasar en prisión 519 días por el asesinato de Rocío Wanninkhoff, por un error judicial recibió ni la más mínima indemnización.
Los magistrados del Constitucional cuentan con modificar ese artículo y transformarlo en un enunciado que diga que tendrán derecho a indemnización todos los que habiendo sufrido prisión preventiva sean absueltos o se dicte un auto de sobreseimiento libre. Dicen que en el Ministerio de Justicia andan muy preocupados por esto. No lo entiendo. En Justicia deberían de estar por la Justicia pero, claro, el dinero es el dinero y todas estas indemnizaciones por decisiones judiciales se amontonaría en la mesa del Gobierno de turno y podrían producir temblores presupuestarios. Habrá, de facto, que fijar una tarifa de indemnización por día de prisión injusta. Difícil porque no hay dinero que pague la experiencia de la cárcel y, sobre todo, de la injusticia y del desvalimiento ante el sistema. Hay países europeos que lo tienen perfectamente tasado.
Dándole vueltas he pensado que este sistema que preve el Tribunal Constitucional tendrá o podría tener otros muchos efectos sobre el insano sistema español en el que la libertad es la norma, si la cosa mediática o la importancia del tipo pesa, pero en el que realmente la prisión es el pan nuestro de cada día de los tribunales. Si cada caso de prisión innecesaria acaba en indemnización y nos cuesta el dinero a todos, no cabe duda de que acabará habiendo una estadística de los encarcelados sin motivo. Una vez que tengamos tal conteo, no cabe duda de que podremos saber qué jueces han sido los que tomaron la decisión. Es obvio que uno no tiene una bola de cristal y que tiene que sopesar pero ¿qué sucederá si descubrimos que hay instructores que utilizan la prisión provisional por principio y que las indemnizaciones se acumulan? No es tan raro. También estaban los instructores de renombre que mandaban a la gente a “madurar” a prisión, a ver qué les contaban luego. Saben que no es una leyenda. A fin de cuentas se han producido escándalos varios por la fuga de imputados que se han sustraído a la acción de la Justicia -recuerden el caso del Negro y la Sección Cuarta- pero no muchos por haber mantenido presos años a personas que resultaron absueltas. Así que es más fácil cubrirse las espaldas, sobre todo si el fiscal te lo ha pedido. Ese es el comodín del fiscal. Los instructores piensan que si el defensor de la legalidad pide la prisión y ellos la acuerdan es imposible que se considere eso una prevaricación. Y así, entre unos y otros, prima la presunción de inocencia de unos y se pudren sin remedio los sin nombre. Esperan la última instancia en libertad unos cuyos nombres conocemos y se encierra en cuanto hay sentencia en primera instancia a otros, como los de Alsasua.
Espero ansiosa la resolución del Tribunal Constitucional y espero ansiosa que sea tomada en serio. Deseo que se haga un uso ponderado y sensato del poder y que no se haga Justicia defensiva. Espero que acabemos sabiendo quienes son los jueces de verdad y quiénes los amos del calabozo, porque lo son con las vidas ajenas y lo van a ser con el dinero de todos nosotros.

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