La Abogacía del Estado respalda las manifestaciones en el centro de las ciudades
Los disturbios tras el 22M provocan una guerra de declaraciones
entre el presidente y la alcaldesa de Madrid y la delegada del Gobierno
La multitudinaria manifestación del 22M
y los posteriores disturbios han reavidado una polémica que surge en
Madrid de forma reiterada. Tras las Marchas de la dignidad, la
alcaldesa, Ana Botella, y el presidente regional, Ignacio González,
pidieron que la Delegación del Gobierno no autorizara protestas en el
centro de la ciudad. La interpelada, Cristina Cifuentes, exigió a sus
compañeros de partido que tramitaran sus reclamaciones por la vía
adecuada y no en los medios, mientras el ministro del Interior, Jorge
Fernández, se ha situado al lado de quienes pretenden limitar el
derecho.
Hoy, El País publica un informe de la Abogacía del Estado
que rechaza de plano la iniciativa. El documento se centra en una idea
que ya ha expresado Ana Botella en público en alguna ocasión: "ordenar"
la autorización de manifestaciones en el centro de Madrid en las zonas históricas protegidas y en las áreas de gran afluencia turística.
Para ello, el Ayuntamiento propone redirigir las marchas para que no
pasen cerca de los Bienes de Interés Cultural (BIC), lo que supondría la
expulsión de facto de las marchas del centro de la ciudad.
El informe de la Abogacía del Estado señala que la concurrencia masiva
de personas daña a los edificios protegidos igual que el tránsito
habitual de personas y vehículos. “Si la declaración de un lugar como
Bien de Interés Cultural no altera su condición de lugar de tránsito
público, no podrá argumentarse sin más como motivo para introducir
límites al ejercicio del derecho de reunión en dicho lugar”, señala el
documento que publica El País.
La Abogacía recuerda
que la Constitución recoge expresamente que el derecho de manifestación
no “necesitará de autorización previa” y que la autoridad competente
“solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración
del orden público, con peligro para personas o bienes”.
Los servicios jurídicos públicos insisten en que ninguna normativa
establece “ningún límite específico al ejercicio del derecho de reunión
en lugares” a proteger algo que, recuerda, “ya ha sido rechazado por los
tribunales”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario