viernes, 28 de marzo de 2014

La Abogacía del Estado respalda las manifestaciones en el centro de las ciudades


La Abogacía del Estado respalda las manifestaciones en el centro de las ciudades

Los disturbios tras el 22M provocan una guerra de declaraciones entre el presidente y la alcaldesa de Madrid y la delegada del Gobierno
Manifestación del 22-M en Colón tras la llegada de las Marchas de la Dignidad / Foto: Olga Rodríguez
Manifestación del 22-M en Colón tras la llegada de las Marchas de la Dignidad / Foto: Olga Rodríguez

La multitudinaria manifestación del 22M y los posteriores disturbios han reavidado una polémica que surge en Madrid de forma reiterada. Tras las Marchas de la dignidad, la alcaldesa, Ana Botella, y el presidente regional, Ignacio González, pidieron que la Delegación del Gobierno no autorizara protestas en el centro de la ciudad. La interpelada, Cristina Cifuentes, exigió a sus compañeros de partido que tramitaran sus reclamaciones por la vía adecuada y no en los medios, mientras el ministro del Interior, Jorge Fernández, se ha situado al lado de quienes pretenden limitar el derecho.
Hoy, El País publica un informe de la Abogacía del Estado que rechaza de plano la iniciativa. El documento se centra en una idea que ya ha expresado Ana Botella en público en alguna ocasión: "ordenar" la autorización de manifestaciones en el centro de Madrid en las zonas históricas protegidas y en las áreas de gran afluencia turística. Para ello, el Ayuntamiento propone redirigir las marchas para que no pasen cerca de los Bienes de Interés Cultural (BIC), lo que supondría la expulsión de facto de las marchas del centro de la ciudad.
El informe de la Abogacía del Estado señala que la concurrencia masiva de personas daña a los edificios protegidos igual que el tránsito habitual de personas y vehículos. “Si la declaración de un lugar como Bien de Interés Cultural no altera su condición de lugar de tránsito público, no podrá argumentarse sin más como motivo para introducir límites al ejercicio del derecho de reunión en dicho lugar”, señala el documento que publica El País.
La Abogacía recuerda que la Constitución recoge expresamente que el derecho de manifestación no “necesitará de autorización previa” y que la autoridad competente “solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”.
Los servicios jurídicos públicos insisten en que ninguna normativa establece “ningún límite específico al ejercicio del derecho de reunión en lugares” a proteger algo que, recuerda, “ya ha sido rechazado por los tribunales”.

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