Aunque pueda parecer muy raro, es así
En el pulso que vienen librando desde finales de 2017 Carles Puigdemont y el Tribunal Supremo, es el primero y no el segundo el que ha mantenido una conducta jurídicamente intachable
Esta próxima semana
empieza con la vista en Bruselas, el lunes 16, sobre la orden de
detención y entrega dictada por el juez Pablo Llarena contra Carles
Puigdemont y Toni Comín. Y continúa el jueves 19, con la decisión del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cuestión
prejudicial relativa a la inmunidad de Oriol Junqueras. Se trata, por
tanto, de una semana decisiva para conocer cuál va a ser el estatus
jurídico de todos ellos. En el artículo voy a referirme solamente a
Carles Puigdemont.
Aunque no conozco el resultado de
ninguna encuesta, doy por supuesto que entre los ciudadanos españoles en
general, con la excepción de los que residen en Catalunya y
posiblemente en el País Vasco, es abrumadora la mayoría de los que
piensan que la actuación del Tribunal Supremo (TS) tiene una cobertura
jurídica inobjetable, mientras que la de Carles Puigdemont carece de
ella.
Y sin embargo, no es así. La conducta jurídicamente
irreprochable, desde que decidió situar su residencia en Bélgica a
finales de 2017, es la de Puigdemont. Quien no ha respetado ni la
Constitución ni el derecho de la Unión Europea ha sido el TS. Veamos por
qué.
En el momento en que Carles Puigdemont decide
salir de España e instalarse en Bélgica, es un ciudadano español en
pleno uso de sus derechos constitucionales. No se ha activado una
querella por parte del Ministerio Fiscal, ni existe orden de detención
contra él dictada por ningún juez. Carles Puigdemont hace uso del
derecho reconocido en el artículo 19 de la Constitución a entrar y salir
libremente del territorio del Estado y se traslada a Bélgica.
Con
posterioridad (el tiempo es importante en el mundo del derecho), se
activa la querella y la juez Carmen Lamela de la Audiencia Nacional en
un primer momento y posteriormente el juez Pablo Llarena del TS dictan
una orden europea de detención y entrega contra él.
Carles
Puigdemont "no huyó" de la Justicia española, como se viene diciendo,
sino que hizo uso de un derecho constitucional antes de que hubiera
ninguna actuación de los tribunales contra él.
Una vez
instalado en Bélgica, no ha habido ni un solo momento en que se pueda
entender que su conducta ha sido la de alguien que "huye" de la
Justicia. Carles Puigdemont se puso a disposición de las autoridades
belgas que tenían que tramitar la orden de detención y entrega cursada
por la Justicia española, y se limitó a hacer uso del derecho que le
reconoce la normativa europea que regula la orden de detención y entrega
a oponerse a la extradición que reclamaba la Justicia española. Carles
Puigdemont ha estado permanentemente a disposición de la Justicia.
Simplemente ha ejercido su derecho a ser extraditado en los términos que
decida el juez europeo que tenga que resolver la orden de detención y
entrega dictada por el juez español.
La normativa
europea que regula la orden de detención y entrega establece que se le
pregunte al ciudadano contra el que va dirigida la orden si acepta ser
extraditado o no. En el caso de que conteste que no, se abre un proceso
en el país europeo en el que está residiendo, con la finalidad de que
sea un juez o tribunal el que tome la decisión que corresponda: conceder
la extradición en los términos en que se solicita por el juez de
origen, en este caso español, concederla pero no en los mismos términos
en que ha sido solicitada o denegarla.
Carles
Puigdemont estuvo a disposición de la Justicia belga, que adoptó incluso
medidas cautelares contra él, aunque no le impusiera la prisión
provisional. La Justicia española acabó anulando la primera orden de
detención y entrega, reactivándola con posterioridad.
Carles
Puigdemont, haciendo uso de sus derechos como ciudadano español y, por
tanto, europeo, se trasladó, creo recordar que a Dinamarca, para dar
unas conferencias. En dicho país, sin que sepamos por qué, la Justicia
española no reclamó a las autoridades que lo detuvieran y lo pusieran a
disposición de la autoridad judicial que tendría que dar respuesta a la
orden de detención y entrega. Sería en el viaje de regreso a Bélgica, en
la frontera alemana, cuando el juez instructor español reclamó la
actuación de las autoridades alemanas, que detuvieron a Carles
Puigdemont y lo pusieron inmediatamente a disposición de la autoridad
judicial competente, que, en este caso, era la del Land
Schleswig-Holstein. El tribunal acordó su ingreso en prisión durante
varios días.
El juicio para la extradición de Carles
Puigdemont tuvo lugar ante el Tribunal Supremo del Land, que decidió
acceder a la misma, pero no en los términos solicitados por el juez
español. Excluyó la posibilidad de que pudiera ser juzgado en España por
los delitos de rebelión y sedición, pero sí admitió que se le pudiera
juzgar por el delito de malversación. La orden de detención y entrega
fue tramitada y resuelta por el tribunal alemán de manera motivada y
ajustada a derecho.
Es el TS el que en este momento
"huye de la Justicia", de la Justicia alemana, aunque tal vez habría que
decir de la Justicia "europea", ya que, en este caso, el juez alemán lo
que hace es tomar una decisión sobre el contenido y alcance de un
instrumento de cooperación judicial europeo. Formalmente es un juez
nacional. Materialmente es un juez europeo.
El
procedimiento que se siguió ante el Tribunal de Schleswig-Holstein para
dar ejecución a la orden de detención y entrega fue impecable. La
Justicia española, en todo caso, no interpuso ningún recurso contra
dicha decisión, sino que acordó retirar definitivamente la orden de
detención en territorio europeo, manteniendo simplemente la orden de
detención en territorio español.
En mi opinión, esta manera de proceder es jurídicamente injustificable. Una orden de detención puede ser retirada antes
de que se haya tomado una decisión por el órgano judicial competente
del país en que se encuentra la persona contra la que va dirigida, pero
no "después". La decisión del tribunal alemán era vinculante tanto para
Carles Puigdemont como para la Justicia española. Podía ser recurrida,
pero no rechazada sin más. No ha ocurrido nunca antes.
Con
este proceder, el TS vulneraba, además del derecho europeo, la
Constitución española, concretamente el derecho a la tutela judicial
efectiva del artículo 24, ya que dicho derecho comporta no solo el
acceso a los tribunales de Justicia españoles, sino también el derecho
de acceso a los tribunales de Justicia de los países de la Unión
Europea, siempre que el derecho español entre en contacto con el derecho
de la Unión Europea. Desde que el Tribunal de Schleswig-Holstein dictó
sentencia, Carles Puigdemont tenía "el derecho" a no ser extraditado a
España para ser juzgado por los delitos de rebelión o sedición.
Únicamente podía ser extraditado para ser juzgado por malversación. Me
imagino que hará valer este "derecho" ante la Justicia belga y ante el
TJUE, llegado el caso.
El TS volvió a activar la orden
de detención y entrega europea contra Carles Puigdemont tras haber
dictado sentencia en el caso procés, el 14 de octubre de 2019. Pero
ahora no podía hacerlo porque Carles Puigdemont fue elegido diputado
europeo el 26 de mayo y fue proclamado diputado electo por la Junta
Electoral Central de manera provisional el mismo 26 de mayo, y de manera
definitiva 20 días más tarde. A partir de ese momento, Carles
Puigdemont era portador de inmunidad y no podía ser detenido ni
procesado sin que previamente se solicitara el suplicatorio al
Parlamento Europeo y se obtuviera la respuesta afirmativa de este. Al
activar la orden de detención, se vulneraban los derechos reconocidos en
los artículos 17 (libertad personal) y 23 (derecho de sufragio pasivo)
de la Constitución.
Esto es lo que va a ser examinado
de manera directa por la Justicia belga el día 16 y, de manera indirecta
para Carles Puigdemont, por el TJUE en su decisión sobre la inmunidad
de Oriol Junqueras.
Ya veremos cuáles son las
decisiones que se toman. Pero hasta el momento, lo único que está claro
es que la conducta de Carles Puigdemont ha sido jurídicamente
irreprochable, mientras que la del TS ha sido jurídicamente disparatada.
Puede parecer muy raro, pero es así.
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