Autoconsumo renovable. Novedades que lo pueden revolucionar todo
El decreto de abril pasado favorece el
autoconsumo pero aún hay que dar pasos importantes para llegar a un
sistema cien por cien renovable.
Sal&Roca | Rodrigo Irurzum
24/08/19- Público
La
salida del gobierno del Partido Popular trajo una legislación más
sensata del autoconsumo con novedades tan interesantes como el
autoconsumo comunitario. Se abre la vía a una revolución en nuestros
tejados, aunque se podría hacer más para acelerar esta transición que ya
ha empezado y que no tendrá vuelta atrás.
Pero hagamos un poco de historia. El
autoabastecimiento de energía se venía produciendo desde hacía tiempo,
mediante generadores de respaldo, placas fotoeléctricas, pequeños
aerogeneradores y tanto pequeños saltos de agua, en zonas aisladas y
desconectadas de la red eléctrica. Podríamos considerar hasta el
aprovechamiento del calor del Sol mediante captadores solares térmicos
como el autoabastecimiento tradicional de biomasa para chimeneas o
cocinas.
El revuelo de los últimos años viene
derivado de la bajada de precios, fundamentalmente de los paneles
fotovoltaicos, lo que podría llevar a una masificación de su uso:un
temible adversario del oligopolio eléctrico. La tecnología ha bajado
tanto de precio que desde hace años es más barato producir la
electricidad por nuestros propios medios, a partir de renovables, que
comprarla de la red.
Ante esta realidad, las empresas del
oligopolio eléctrico han jugado fuerte, presionando a ministros y en
medios de comunicación, con un discurso basado en el miedo a las
energías renovables, acusándolas de caras, inseguras, imposibles de
gestionar y hasta de insolidarias. En el año 2011 ya se había regulado
el autoconsumo [1] y existía un borrador de Real Decreto para el balance
neto que debía ver la luz en 2012.
Durante siete largos años hemos asistido
a una campaña de miedo y desprestigio a las energías renovables, el
impuesto al Sol y numerosas trabas burocráticas y absurdas. Todo ello
destinado a bloquear el desarrollo de un sector incipiente. En 2015
aparecía un Real Decreto temido que materializaba el sinsentido del
Impuesto al Sol 2.
Aunque nunca llegó a materializarse y estaban exentas las instalaciones
de menos de diez kilovatio el daño estaba hecho: la sociedad tenía
miedo, pensaba que las renovables estaban prohibidas, que era ilegal
ponerse paneles en el tejado.
La tecnología ha bajado tanto de precio que es más barato producir la electricidad por nuestros propios medios, a partir de renovables, que comprarla
Antes, en el año 2013, hubo otro hecho
que supuso y supone un desincentivo para el autoconsumo y para el ahorro
de energía: La subida del término de potencia, que prácticamente se
duplicó, junto con una bajada del término de energía (lo que se paga por
cada kilovatio-hora que se consume, o lo que se ahorra si se deja de
consumir de la red). Ahora, esta nueva regulación, favorece mucho el
autoconsumo, pero no debemos perder de vista que no tiene por qué ser la
regulación definitiva y que aún hay cosas que habría que cambiar en el
sistema eléctrico para acelerar la transición hacia un sistema 100%
renovable.
Novedades de la nueva legislación de autoconsumo
En octubre de 2018 se aprueba el Real
Decreto-Ley 15/2018 con el objetivo de impulsar de forma decidida el
autoconsumo renovable y la generación distribuida de electricidad. En él
se establece claramente que la energía autoconsumida estará exenta de
todo tipo de cargos y peajes, poniendo fin a ese absurdo impuesto al Sol
que había establecido la Ley del Sector Eléctrico en 2014 y que se
materializó en 2015 con el RD 900/2015.
También hablaba de la posibilidad de
realizar autoconsumo colectivo, y de compensación de los excedentes.
Faltaba regular los aspectos concretos sobre como llevar a cabo estas
actividades, y es lo que ha venido a establecer en abril de este año el
Real Decreto 244/2019. Repasemos los conceptos de mayor trascendencia:
1.- Concepto de autoconsumo y autoconsumo de proximidad
Se pasa de la concepción del autoconsumo
como algo individual mediante una instalación de generación conectada
en el interior de una única red de consumo (esto es, aguas abajo del
contador eléctrico), a definir el autoconsumo como “el consumo por parte
de uno o varios consumidores de energía eléctrica proveniente de
instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los
mismos”. Y entiende por instalaciones próximas:
Las conectadas a la red interior o unidas mediante líneas directas.
Las conectadas a cualquiera de las redes de baja tensión derivadas del mismo transformador. Las que están a menos de 500 metros de los consumos y conectados en baja tensión Las ubicadas, tanto consumo como generación, en la misma referencia catastral según los 14 primeros dígitos.
Las conectadas a cualquiera de las redes de baja tensión derivadas del mismo transformador. Las que están a menos de 500 metros de los consumos y conectados en baja tensión Las ubicadas, tanto consumo como generación, en la misma referencia catastral según los 14 primeros dígitos.
2.- Autoconsumo colectivo
Gracias a la concepción del autoconsumo
en este sentido amplio en el que se puede aprovechar la energía de una
instalación próxima al consumo se posibilita también que varios
consumidores estén asociados a una o varias instalaciones de generación.
Se abre así la puerta a que varias viviendas de un bloque de pisos
puedan aprovechar su cubierta y repartirse la energía generada, pero
también otros tipos de usuarios próximos como pueden ser naves de
polígonos industriales, comercios o edificios públicos.
3.- Compensación de excedentes
Hasta ahora, la energía que no se
consumía se vertía a la red y salvo en instalaciones grandes en que
tenía sentido venderla al precio de mercado, se regalaba al sistema. La
nueva normativa permite compensar los excedentes de energía que se
vierten a la red, con los consumos de otros momentos en los que no hay
generación suficiente. El ejemplo típico son las viviendas que durante
el día se quedan vacías y por lo tanto se estaría generando electricidad
fotovoltaica para un consumo mínimo (nevera y algún que otro aparato de
consumos permanentes), mientras que es por la noche cuando se realiza
un consumo importante.
La compensación de excedentes se realiza
de forma mensual, y la pueden realizar las instalaciones de menos de
100 kilovatio . Se realiza contabilizando hora a hora la energía
consumida o vertida y multiplicándola por el precio o el coste horario
de cada momento.
Un nuevo marco
Con estas novedades, información e
impulso por parte de empresas y administraciones, a buen seguro
comenzaremos a ver cada vez más paneles fotovoltaicos en nuestras
cubiertas. Será un primer paso para avanzar hacia un modelo 100 %
renovable en manos de las personas y las comunidades. Los siguientes
pasos tendrán probablemente que ver con decisiones de mayor calado y una
profunda reforma del sistema eléctrico.
Notas
- [1] Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia
- [2] Peaje de respaldo, según el Real Decreto 900/2015
No hay comentarios:
Publicar un comentario