Dos lecturas de verano: una recomendación para Pablo Casado
La intervención del líder de la oposición en el pleno del Congreso a finales de junio dejó preocupada a mucha gente. Desató una serie de reacciones de comentaristas e incluso de historiadores. Quienes salieron en su defensa no fueron muchos y se centraron esencialmente en los de la primera categoría. Entre quienes lo criticaron abundaron representantes de la segunda.
Es lógico. Quienes, en mayor o menor medida, nos hemos dedicado en algún momento de nuestras vidas a indagar en el pasado conocemos, por lo general, algo de este último. Por eso no es sorprendente que no se levantaran muchas voces entre la grey de historiadores en defensa de la curiosa pirueta del Sr. Casado. Como es sabido, contrapuso en pieza oratoria difícilmente superable (de confección propia o de algún brillante speech-writer) una democracia sin ley (la de la segunda República) a una ley sin democracia (que muchos entendimos se refería al caso de la dictadura franquista).
Este año –este mismo domingo– se cumple un aniversario casi redondo: el 85 del “ALZAMIENTO” (con mayúsculas) del 18 de julio de 1936 o, para otros, el golpe de Estado que fracasó y dio pie a la más cruenta guerra civil desde 1814. Ya se ha cumplido el 90 aniversario de la instauración de la República. Personalmente espero que el año que viene no se nos olvide festejar, como se merece, el 45 aniversario del RDL 24/1977 (BOE del 12 de abril) sobre abolición de la censura. Con tal ocasión es de esperar que el Sr. Casado glose la gran aportación que a su suavización previa hizo uno de sus predecesores en el plano político e ideológico: un nunca olvidado ministro de (Des)información y Turismo. En este año el 44 aniversario no ha dado pie a celebración alguna.
Servidor siempre ha considerado al Sr. Casado un genio tan memotécnico como el profesor Fraga Iribarne. Es decir, con una memoria y capacidad de retención prodigiosas (por ejemplo, no se ha desmentido que hizo la mitad de la licenciatura de Derecho en un solo curso). Me atrevo a recomendarle, pues, que en este verano ojee dos obras. Así podría entender, hasta cierto punto, no tanto lo que representó la Segunda República en la historia de España sino si su reflexión sobre el franquismo como “ley sin democracia” es compatible con la realidad pasada. Porque, naturalmente, hay que ver qué “ley”.
Como jurista que es, le recomendaré dos obras. Ambas son del mismo autor, el catedrático Guillermo Portilla. Abordan ciertas cuestiones absolutamente básicas para comprender la orientación de un gran número de leyes de aquel período “sin democracia” y están en el mercado.
La primera es un estudio que le será fácil deglutir en pocos días. Lo publicó Comares en 2010: La consagración del derecho penal de autor durante el franquismo. Tal como un no jurista (servidor) lo ve, se trataba de una concepción del Derecho aplicable a quienes lo contravenían, pero no por lo que hubiesen hecho sino por lo que hubieran sido. Uno podía ser un hombre (o mujer) honrados a carta cabal, no haber dañado a una mosca, cumplir con sus deberes cívicos etc, y ser, sin culpa propia, por ejemplo, judíos. Tal circunstancia bastaba para ir a Auschwitz o a cualquier otro campo.
La comparación con la Alemania nazi es apropiada porque el principio básico de su sistema jurídico y decisional fue el Führerprinzip: la voluntad de Hitler era fuente de ley. En España, lógicamente, se importó como “Francoprinzip”. La voluntad del Caudillo también lo fue. Así se insertó en la ley de formación del primer Gobierno en enero de 1938. La reforzó en agosto de 1939. La mantuvo hasta su gloriosa culminación en la Ley Orgánica del Estado de enero de 1967. No puedo creer que en la licenciatura de Derecho el Sr. Casado no hubiese encontrado referencia a ninguna de ellas o a las sedicentes “leyes de prerrogativa”, un eufemismo para disfrazar la aplicación del Francoprinzip.
La histórica afirmación en Cortes del Sr. Casado coincidió además con la semana del Orgullo. El PP se abstuvo de participar, aunque no prohibió a cuadros y militantes que lo hicieran. De aquí mi segunda recomendación: que lea la obra del antedicho autor Derecho Penal franquista y represión de la homosexualidad como estado peligroso. Es bastante reciente, de 2019, y está publicada por el Ministerio de Justicia, claro que bajo el mandato del “gobierno social-comunista” que él y su colega el Sr. Abascal tanto denuestan.
Sin embargo, los análisis de los textos “legales” (entre comillas) de un régimen “sin democracia” están ahí. También los de la labor de los tribunales de “Justicia” en dicho período. ¿Tendría, por ventura, el Sr. Casado la tentación de volver a un Estado en que imperasen tal tipo de “leyes”? Consuela pensar que, en lo que se refiere al segundo tipo, algunos de sus colaboradores opondrían resistencia.
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