El juicio a la rebelión que nunca existió
Ignacio Escolar
Director y fundador de eldiario.es. Autor del blog Escolar.net y analista político en La Sexta. Más información en www.escolar.net/about.
12-2-2019
12-2-2019
No
hubo armas, no hubo tiros, no hubo explosivos y no son estas las únicas
curiosidades de la "rebelión" catalana del 1 de octubre de 2017. Fue un
"alzamiento público y violento" –según exige el Código Penal– que en
realidad fue pacífico y discreto, porque cuando ese "golpe de Estado"
estaba ocurriendo nadie lo tachó como tal. Ni el presidente del Gobierno
Mariano Rajoy, que siguió negociando con los independentistas a través
de varios mediadores. Ni su Consejo de Ministros, que no aplicó los
mecanismos de respuesta que establece la Constitución ante una verdadera
rebelión: el Estado de alarma, sitio o excepción. Ni tampoco la
Fiscalía, que tardó un mes en llevar ese supuesto "golpe de Estado" ante
los tribunales.
Si tras aprobar la declaración de independencia el Govern
catalán hubiera dado órdenes a los Mossos d'Esquadra de tomar el
control de los aeropuertos y estaciones de tren, asegurar las fronteras y
expulsar a la Guardia Civil de la nueva República catalana por la
fuerza de las armas, hoy los líderes independentistas se enfrentarían
exactamente a la misma acusación: rebelión.
En vez de eso, tras declarar la independencia, se fueron a casa. Y aceptaron pacíficamente el 155 y la disolución del Parlament.
A Oriol Junqueras la Fiscalía le pide 25 años de cárcel. Un asesinato se pena con entre 15 y 20 años de prisión.
La rebelión se juzga en Madrid
"¿Puede
haber imparcialidad y serenidad si la causa de rebelión y sedición se
manda a Catalunya?". Es la pregunta clave en el juicio al procés y que
explica cómo hemos llegado hasta esta acusación de rebelión sin armas ni
explosivos. La formuló,
hace unos días, uno de los fiscales de la Audiencia Nacional, Pedro
Rubira, que confesó al fin en público algo que piensan y dicen en
privado muchos otros jueces y fiscales: que el independentismo había que
juzgarlo en Madrid, no en Barcelona. Piensan estos juristas que los
jueces del Supremo y la Audiencia Nacional son "imparciales" y "serenos"
con los independentistas, pero los del Tribunal Superior de Justicia de
Catalunya no.
Esta misma premisa es la que explica en
gran medida el porqué de la rebelión. Fue esta misma reflexión la que
llevó a la querella inicial al entonces fiscal general del Estado, José
Manuel Maza. Fue el 30 de octubre de 2017 ante la Audiencia Nacional y
el Tribunal Supremo. Sus subordinados de la Fiscalía de Catalunya ya
habían presentado otra tras el Pleno del Parlament de los días 6 y 7 de
septiembre que se instruía en el Tribunal Superior de Justicia y que dio
pie a que la magistrada instructora ordenara impedir el referéndum
previsto para el 1-O.
En la querella de Maza ya
se defendía la conveniencia de sacar la instrucción penal y el juicio
del "ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña" en favor "de un
tribunal de fuera de ese territorio" para evitar que los partidos
independentistas "condicionaran" a los jueces. Como Rubira pero más
fino: esto solo se podía juzgar de forma imparcial en Madrid.
Para
llevar el caso lejos de los jueces catalanes, la clave estaba en la
acusación. Si la Fiscalía solo hubiese denunciado los delitos de
desobediencia grave a la autoridad –algo que sin duda ocurrió–,
prevaricación –muy probablemente también– y malversación de fondos
públicos –hay indicios, aunque el propio exministro de Hacienda
Cristóbal Montoro lo desmintiese–, la querella se habría tenido que
presentar en otro sitio: en el Tribunal Superior de Justicia de
Catalunya, no en el Tribunal Supremo.
Desobediencia,
prevaricación, malversación. Son los tres delitos graves que sin duda
merecen una investigación penal. También un severo reproche político,
porque los líderes indepedentistas intentaron imponer a más de la mitad
de la ciudadanía catalana una decisión unilateral de consecuencias
transcendentales. Fue muy grave, pero rebelión no fue.
Acusar
por rebelión era la forma de llevar el caso a Madrid. Así lo admitía,
en privado, el propio fiscal general del Estado de entonces, el difunto
José Manuel Maza, según cuentan distintas fuentes que en su momento lo
hablaron con él.
Porque la acusación condiciona el
tribunal. Y no todos son iguales porque los jueces que los conforman no
alcanzan esos puestos con el mismo procedimiento. Al Tribunal Supremo
español –y en algunos casos a la Audiencia Nacional– se llega por el
nombramiento a dedo de un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
nombrado a dedo por los partidos políticos. A los juzgados de primera
instancia se llega por concurso y oposición.
Salvando
las distancias, la maniobra de imputar por rebelión para cambiar el
tribunal se parece mucho a la que hizo la Fiscalía ante la agresiones a
varios guardias civiles y sus parejas en un bar en Alsasua. Allí la
Fiscalía también vio un delito cuestionable, muy peculiar para una pelea
de bar: el de terrorismo. Pero al acusar de terrorismo y juzgarse ese
presunto delito, el tribunal competente fue la Audiencia Nacional. Sin
la acusación por terrorismo, el juzgado competente habría sido uno de
primera instancia en Navarra.
Más tarde, la Audiencia
Nacional acabó absolviendo a los procesados de Alsasua del delito de
terrorismo, pero los condenó a severas penas por atentado contra la
autoridad, a pesar de que en ese momento los guardias civiles no estaban
de servicio.
¿Habría sido la misma sentencia si los
condenados de Alsasua hubiesen sido juzgados por el juez natural que les
correspondía, el de Navarra?
Rebelión internacional
Sin
la acusación por rebelión, el juicio del procés hoy se celebraría en el
Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Pero incluso si
aceptamos pulpo como animal de compañía –y rebelión sin armas ni
explosivos–, la competencia del Supremo para juzgar estos presuntos
delitos es bastante cuestionable.
La gran mayoría de
los procesados son aforados autonómicos. Y por tanto sus delitos se
tenían que haber investigado y juzgado en el Tribunal Superior de
Justicia de Catalunya, no en el Supremo.
La única
excepción a esta norma es cuando el delito se cometa fuera del lugar
donde son aforados. Esto pasa, por ejemplo, con los delitos de tráfico,
que el Supremo también juzga en el caso de aforados autonómicos cuando
los pillan beodos al volante fuera de su comunidad.
Lo
mismo ocurre con la rebelión, que de existir también fue un delito que
se cometió en Catalunya. Para justificar que se ocupe el Supremo, los
argumentos que utiliza el juez instructor, Pablo Llarena, son que las
webs estaban fuera de España, que las urnas se compraron fuera de España
y se escondieron en Francia, y que hubo observadores internacionales.
Por tanto, con esa peculiar lógica, le toca juzgar el delito al Supremo y
no al TSJC. Porque la rebelión violenta empezó con la compra de esas
urnas fuera de Catalunya o con las webs sobre la votación.
Los fiscales rebeldes
El
difunto José Manuel Maza no pensaba realmente que los independentistas
catalanes hubieran cometido una rebelión, armada y violenta. Era una
exageración que servía a otro propósito: sacar el caso de Catalunya.
Pero en el Tribunal Supremo se encontró con varios fiscales que, con su
legítimo criterio, sí están genuinamente convencidos de que ese delito
se cometió.
La Fiscalía presentó la querella en el
Supremo y allí tomó vida propia, pero después el PP quiso frenar. Desde
el Gobierno de Rajoy presionaron, pero para aflojar en lugar de para
endurecer. Para que el Tribunal Supremo dejase en libertad a Oriol
Junqueras y otros líderes independentistas durante la campaña electoral
de las catalanas y también después. Para que facilitase una solución
política que buscaban los más sensatos del PP –hoy en retirada con el
ascenso de Pablo Casado y el discurso de Vox– y que en el Gobierno
creían que pasaba por apoyarse en ERC frente a la posición más dura de
Puigdemont.
Ese PP de Mariano Rajoy intentó frenar,
pero en la Fiscalía del Supremo, en la Sala de lo Penal, se encontró con
dos damnificados por su política judicial.
La primera
de ellos es la exfiscal general del Estado Consuelo Madrigal. El
entonces ministro de Justicia Rafael Catalá no la quiso renovar al
frente de la Fiscalía –pese a que se había comprometido a hacerlo–
porque se negó a poner en marcha una purga
en varios puestos claves de la Fiscalía. Entre otros nombramientos, el
PP quería poner al frente de Anticorrupción al fiscal Manuel Moix –el
preferido por Ignacio González– y también sustituir al fiscal jefe de la
Audiencia Nacional, Javier Zaragoza.
Consuelo
Madrigal se negó, y por eso en su lugar Catalá nombró a José Manuel
Maza, que sí aplicó esa purga nada más llegar. Carambolas de la vida,
uno de los damnificados por esa decisión fue Javier Zaragoza, que de
fiscal jefe de la Audiencia Nacional pasó al Tribunal Supremo. Es otro
de los fiscales que acusa en el juicio del procés junto con Madrigal.
Los
fiscales rebeldes (frente al PP de Rajoy), la propia Sala Segunda del
Supremo y el juez instructor, Pablo Llarena, se vieron después jaleados
por la prensa, por el discurso del "a por ellos", por una corriente
mayoritaria de la opinión pública española, muy enfadada por el pulso de
los independentistas catalanes y su declaración de independencia
unilateral. Los fiscales tenían pocos motivos para ceder a las presiones
de ese Gobierno PP que apenas unos meses antes les había castigado.
Esa
presión del PP de Rajoy se hizo bastante evidente en marzo de 2018,
cuando el fiscal general del Estado que sustituyó a José Manuel Maza,
Julián Sánchez Melgar, ordenó a los fiscales del Supremo que pidieran la puesta en libertad bajo fianza de uno de los principales imputados, Joaquim Forn.
Uno de los fiscales del Supremo mostró su malestar explicando que el
cambio de criterio respondía al "artículo 25 del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal". Es el artículo que otorga al Fiscal General del
Estado el poder de imponer su criterio sobre todos los demás.
Aun
así, el Supremo no liberó a Forn y mantuvo la prisión sin fianza. Pero
el episodio explica una parte importante de la historia oculta del
procés. También el doble rasero del PP, que con mucho menos acusa al
Gobierno de Sánchez de alta traición.
Imaginen, es un
suponer, qué habría dicho Casado si la Fiscal General del Estado
nombrada por Sánchez llega a ordenar a los fiscales del Supremo que
pidan la libertad para uno de los independentistas en prisión
provisional.
Casado miente (y también confiesa la verdad)
El
propio Pablo Casado, este martes en el Congreso, ha resumido gran parte
de lo ocurrido con una frase tan falsa como llena, a su manera, de
verdad. "Gracias al Partido Popular los independentistas están siendo
juzgados en el Supremo. Si no lo estarían ante el Tribunal Superior de
Catalunya por jueces nombrados por los partidos independentistas", ha
dicho, con su conocido desparpajo, el presidente del PP.
La
frase es en gran medida falsa, como suele ser habitual en sus
discursos. Sorprende esa supina ignorancia por parte de un licenciado en
Derecho con tanto "posgrado" de relumbrón.
Los jueces del Tribunal Superior de Catalunya no son elegidos "por los
partidos independentistas". Cada parlamento autonómico propone –que no
elige– a uno de cada tres jueces de sus Tribunales Superiores entre
juristas de reconocido prestigio. Pero es el Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) quien escoge entre esa terna. Y también quien nombra a
los dos tercios restantes.
Por comparar, los jueces
del Tribunal Supremo son nombrados, todos ellos, por el CGPJ. ¿Y quién
nombra a ese CGPJ? Los dos grandes partidos y especialmente el PP, que
tiene la mayoría en este consejo desde hace años. Como explicó Cosidó en su famoso whatsapp,
controlando el CGPJ controlas los nombramientos de todos los jueces
importantes para el Partido Popular. También la Sala Segunda "desde
detrás".
La Sala Segunda es la que exculpó a Pablo Casado por su máster regalado, y también la que está juzgando a los independentistas catalanes.
En
su frase en el Congreso, Casado también confiesa que fue el PP –a
través del supuestamente independiente fiscal general del Estado– quien
maniobró para llevar el juicio del procés hasta el Tribunal Supremo. Y
en su descalificación a los jueces del TSJ catalán da por bueno el
pecado original de la justicia española: su dependencia política. Un
problema que solo es criticable para el PP cuando depende de los demás.
Si
es malo que jueces supuestamente "nombrados por los partidos
independentistas" juzguen a los independentistas, ¿cómo de malo es que
jueces nombrados por el PP juzguen las denuncias del PP contra sus
rivales políticos, el máster regalado del presidente del PP o la
corrupción del PP?
Mi primer sentimiento al comienzo del juicio fue de tristeza infinita.
Era un acontecimiento jurídico con extraordinarias derivadas políticas y
sociales, sí, pero era también un drama familiar, de una familia que es
o era la nuestra, y que aparecía rota y enfrentada. Cómo no sentir
dolor, si asistíamos a la escenificación de un desastre sin paliativos,
al naufragio de la política, del acuerdo, del entendimiento, si los
que se sentaban en el banquillo representaban a muchísimos miles de los
nuestros, ¿o hemos decidido ya que no son de los nuestros? Para mí sí lo son o deseo que vuelvan a serlo.
Yo tenía la impresión de que antes de penetrar en los entresijos de la vista oral los reunidos en el Salón de Plenos del Supremo iban a guardar un minuto de silencio por la principal víctima de esta catástrofe, la convivencia, chamuscada por un incendio cuyas llamas siguen vivas y cuya humareda negra ha llevado el enconamiento hasta el último rincón del país. Y no busco equidistancias. El incendiario tiene nombre: es el independentismo, que sigue tan ciego que se cree además de inocente, perseguido.
A la justicia democrática corresponde valorar su responsabilidad penal y tenemos tres meses para seguir la causa o no, o más, porque ayer las defensas ya apuntaban a Estrasburgo como última instancia, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuando listaban las presuntas vulneraciones de derechos de los encausados. Hay mucho tiempo, por tanto, por delante. Creo que bien podemos dedicar un minuto al duelo, a la pena por esta desgracia familiar a la que nos ha conducido la inconsciencia y la incompetencia política. Una calamidad de la que no podremos escapar el día 28 de abril.
Un minuto de silencio
Creo que bien podemos dedicar un minuto al duelo, a la pena por esta desgracia familiar a la que nos ha conducido la inconsciencia y la incompetencia política
Yo tenía la impresión de que antes de penetrar en los entresijos de la vista oral los reunidos en el Salón de Plenos del Supremo iban a guardar un minuto de silencio por la principal víctima de esta catástrofe, la convivencia, chamuscada por un incendio cuyas llamas siguen vivas y cuya humareda negra ha llevado el enconamiento hasta el último rincón del país. Y no busco equidistancias. El incendiario tiene nombre: es el independentismo, que sigue tan ciego que se cree además de inocente, perseguido.
A la justicia democrática corresponde valorar su responsabilidad penal y tenemos tres meses para seguir la causa o no, o más, porque ayer las defensas ya apuntaban a Estrasburgo como última instancia, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuando listaban las presuntas vulneraciones de derechos de los encausados. Hay mucho tiempo, por tanto, por delante. Creo que bien podemos dedicar un minuto al duelo, a la pena por esta desgracia familiar a la que nos ha conducido la inconsciencia y la incompetencia política. Una calamidad de la que no podremos escapar el día 28 de abril.
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