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La principal autoridad reconocida internacionalmente para reconocer si ha habido genocidio es la Corte Penal Internacional (CPI) fundada en 2002. Este tribual actúa sobre individuos, aunque puedan ser políticas de Estado, el derecho penal internacional responsabiliza a los lideres, militares, ministros etc. Solo puede actuar si el país ha ratificado el estatuto de Roma, o el Consejo de seguridad de la ONU remite el caso, o el fiscal inicia una investigación con autorización judicial. Muchos genocidios recientes (Siria, Etiopia, Yemen) no han sido reconocidos formalmente por la CPI por razones políticas o de jurisdicción. Así en el caso de Siria el CPI no tiene jurisdicción al no formar parte del Estatuto de Roma y la remisión del consejo de Seguridad de la ONU fue bloqueada por vetos políticos.
Antes de 2002, el genocidio fue juzgado por tribunales especiales creados por la ONU, los llamados TPIR para Ruanda o TPIY para la antigua Yugoslavia, éstos también actúan sobre individuos, no Estados
Los casos más reconocidos internacionalmente como genocidios:
Bosnia 1995: 8.000 víctimas civiles TPIY
Ruanda 1994: 800.000 víctimas civiles TPIR
Sudan 2003: 300.000 víctimas civiles CPI
Myanmar (Rohingya): 24.000 víctimas civiles CPI
Gaza: 65.000 víctimas civiles* CPI
*680.000 víctimas civiles potenciales, incluye muertes indirectas, hambre, falta de atención médica desplazamiento, destrucción de infraestructura. Según la relatora de la ONU, Franchesca Albanese basada en modelos científicos, datos israelíes filtrados
Los casos de Gaza y Myanmar presentados para estudio por la CPI no han concluido, en ambos, la CIJ ha aceptado la competencia y dictado medidas cautelares.
El caso de Myanmar avanza más rápido porque el país está más aislado diplomáticamente. Gaza es más complejo por el contexto geopolítico: Israel tiene aliados poderosos y el conflicto está en curso. En Myanmar, los crímenes ocurrieron en un período concentrado; en Gaza, hay una dinámica prolongada y cambiante.
Las medidas cautelares que el CIJ ordenó a Israel son:
1. Prevenir actos genocidas: Adoptar todas las medidas posibles para evitar actos como asesinatos, daños graves, condiciones de vida destructivas, etc.
2. Controlar a sus fuerzas: Garantizar que el ejército israelí no cometa actos genocidas.
3. Prevenir incitación: Castigar cualquier incitación pública o directa al genocidio.
4. Permitir ayuda humanitaria: Facilitar el acceso a servicios básicos y asistencia humanitaria en Gaza.
5. Preservar pruebas: Impedir la destrucción de evidencias relacionadas con los crímenes denunciados.
6. Informe mensual: Israel debe presentar un informe en un mes sobre las medidas adoptadas.
Israel es miembro de la ONU, pero no ha aceptado la jurisdicción obligatoria de la CIJ para todos los litigios.
Muchos observadores afirman que no se están cumpliendo las medidas cautelares.
- Ayuda humanitaria: La CIJ ordenó facilitarla, pero informes de la ONU y ONGs indican que sigue habiendo bloqueos, destrucción de rutas y restricciones severas.
- Prevención de actos genocidas: Las operaciones militares continúan con miles de muertos, muchos de ellos civiles, lo que contradice el espíritu de las medidas.
- Incitación al genocidio: La CIJ pidió que se castigara la incitación pública, pero persisten declaraciones de altos funcionarios israelíes que han sido denunciadas como incitadoras.
- Preservación de pruebas: Hay denuncias de destrucción sistemática de archivos, hospitales, universidades y medios de comunicación palestinos.
La CIJ no tiene fuerza coercitiva directa: no puede enviar tropas ni imponer sanciones. Depende de la presión diplomática y de que los Estados miembros de la ONU cumplan su deber de prevenir el genocidio. Algunos países han comenzado a romper relaciones diplomáticas o suspender acuerdos militares con Israel, pero otros lo siguen respaldando.
Hay un dictamen de la Comisión Internacional Independiente de Investigación* sobre los territorios palestinos que ha concluido que Israel está cometiendo genocidio en Gaza. Este dictamen tiene un alto valor político, jurídico y moral, pero no es vinculante por sí mismo.
- No es una sentencia judicial: No equivale a una condena formal como la que podría emitir la Corte Penal Internacional (CPI) o la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Es una base probatoria sólida: Puede ser usada por Estados, organizaciones internacionales o tribunales para iniciar procesos legales. Refuerza la denuncia presentada por Sudáfrica ante la CIJ, que está siendo evaluada y podría tardar años en resolverse.
* Fue creada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2021. Está presidida por Navi Pillay, exjueza de la Corte Penal Internacional y ex Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos. En su informe de septiembre de 2025, concluye que Israel ha cometido cuatro de los cinco actos genocidas definidos por la Convención de 1948, incluyendo:
- Asesinatos masivos.
- Daños físicos y mentales graves.
- Condiciones de vida destinadas a destruir al grupo palestino.
- Impedimento de nacimientos (ej. destrucción de clínicas de fertilidad).





