La historia se repite
El Tribunal Supremo consiguió retrasar pero no impedir que Oriol Junqueras, Carles Puigdemont y Toni Comín adquirieran la condición de diputados europeos
Va a retrasar pero tampoco va a impedir que acabe siendo declarada nula la sentencia de 14 de octubre por la que condenó a Oriol Junqueras por sedición
La justicia belga suspende la euroorden contra Puigdemont y Comín por su inmunidad parlamentaria
Con la nulidad de la
sentencia del Tribunal Supremo (TS) por la que se condenó a Oriol
Junqueras por el delito de sedición, se va a repetir la historia de la
adquisición de la condición de diputado europeo de Oriol Junqueras,
Carles Puigdemont y Toni Comín (después del 31 de enero, también de
Clara Ponsatí).
El lector sin duda sabe que el Supremo
ha intentado impedir que todos ellos adquirieran la condición de
diputados europeos, manteniendo en prisión y no concediendo un permiso
penitenciario al primero para que pudiera acudir e la sede de la Junta
Electoral Central (JEC) a prometer o jurar la Constitución, y
manteniendo en vigor una orden de detención contra los demás, con la
finalidad de impedirles que pudieran venir a la sede de la JEC para
prestar el juramento o promesa.
Ha conseguido retrasar la adquisición de dicha condición,
pero no ha podido impedir que la adquieran. En cuanto ha entrado en
juego el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la actuación
fraudulenta del TS ha quedado al descubierto. La condición de diputado
europeo se adquiere por el voto ciudadano y no por el juramento o
promesa de la Constitución. Una vez certificado el resultado electoral
por la JEC, se es diputado. Así ha quedado tajantemente dicho en la
sentencia del TJUE del pasado día 19. Carles Puigdemont y Toni Comín ya
han sido acreditados provisionalmente y lo serán de manera definitiva en
cuanto finalice el periodo de vacaciones parlamentarias europeas.
También lo será Oriol Junqueras, a pesar de la resistencia que pueda
ofrecer, eventualmente, el TS.
Con la nulidad de la
sentencia del TS del 14 de octubre va a ocurrir lo mismo. El TS va a
intentar impedir por todos los medios a su alcance que no sea declarada
nula. Pero no lo va a conseguir. La sentencia es nula y va a resultar
imposible impedir que esta realidad se acabe abriendo paso. Se retrasará
la declaración de nulidad, pero se producirá.
Y se
producirá, porque no puede no producirse, exactamente igual que no podía
no producirse la adquisición de la condición de diputado por los
parlamentarios electos.
Si alguien está en posesión de
sus derechos constitucionales, se presenta como candidato a unas
elecciones, es elegido por los ciudadanos y dicha elección es
certificada por la JEC, no se le puede impedir que se convierta en
diputado. Esto es lo que ha ocurrido con Oriol Junqueras, Carles
Puigdemont y Toni Comín.
Si un ciudadano tiene la
condición de diputado europeo, no puede ser detenido ni procesado sin
que el juez o tribunal dirija al Parlamento el suplicatorio solicitando
su autorización para poder proceder penalmente contra él. Hasta que no
reciba la autorización del Parlamento no puede dar ni un solo paso. Todo
lo que haga sin la autorización previa del Parlamento está afectado de
nulidad. El juez o tribunal habrá actuado contra quien no puede actuar
y, en consecuencia, su decisión, sea la que sea, es nula de pleno
derecho.
Es así porque la inmunidad parlamentaria, la
institucional del Parlamento y la individual del parlamentario, son
emanación directa del principio de soberanía popular en el que descansa
la democracia como forma política. Se trata, por ello mismo, de una
norma que no admite excepción. Sin autorización del Parlamento Europeo a
través de la respuesta positiva al suplicatorio previamente enviado por
el juez o tribunal, no se puede proceder contra el parlamentario.
Esta
es la razón por la que la sentencia del Supremo de 14 de octubre contra
Oriol Junqueras es nula de pleno derecho. No hay ni una sola
posibilidad de que no lo sea. Digan lo que digan los fiscales, el
abogado del Estado, Diego López Garrido, José Antonio Zarzalejos y el
sursum corda.
El primer interesado en aceptar la
realidad y declarar la nulidad, debería ser la propia Sala Segunda del
Tribunal Supremo. Me temo que no va a ser así. Más dura será la
humillación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.