La
aplicación de la ley de amnistía va a ser tortuosa. Imagínate cómo le
puede sentar al tribunal que juzgó al procés que venga a una ley a
decirle que tiene que anular las condenas y que tiene que dejar de
perseguir a los que quedan por juzgar. Pues no gusta, no. Y si encima es
un Tribunal que ha demostrado muchas ganas de mano dura, pues menos. El Tribunal Supremo dice
que los delitos de malversación atribuidos a los líderes del procés
(por usar dinero público para organizar el referéndum del 1-O) no son
amnistiables porque sí entran dentro de una de las excepciones de la
ley: la del enriquecimiento personal. ¿Y cómo justifican eso, si nadie
se llevó un duro a su casa? Pues dicen los jueces que tirando de dinero
público, Puigdemont y otros se ahorraron pagar aquello de su bolsillo. Y
que eso “supone un acto de claro enriquecimiento” y “un incuestionable
beneficio personal”, dicen en una sentencia muy original.
Porque
esos “claro” e “incuestionable” suenan a lo que son: un intento de
reafirmar con adjetivos un argumento jurídico muy débil. Lo explica bien
este análisis de Joaquín Urías,
el exletrado del Tribunal Constitucional: “En el Supremo creen que su
papel es hacer política y salvar a España antes que aplicar las leyes.
Así que han decidido reinterpretar las leyes conforme a su propia
ideología“.
Porque la consecuencia de todo esto, que estamos en el tercer párrafo y no te lo he dicho todavía, es que Carles Puigdemont no puede volver a España
sin ser detenido. Y sucede justo en el mes que tiene la política
catalana para buscar un pacto de investidura en el que el propio
Puigdemont es aspirante. Sobre eso, otra derivada interesante:
Puigdemont y Junqueras se reunieron el domingo en Waterloo tras años sin contacto.
- El juez Llarena sí ha aplicado la amnistía
en el delito de desobediencia atribuido a Marta Rovira (ERC) y levanta
por tanto su orden de detención. A Rovira le queda pendiente la
acusación de terrorismo por las protestas de Tsunami.
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