Todo lo que olvida el Supremo para salvar a Pablo Casado
El Supremo ha decidido que no hay siquiera pistas suficientes como
para que merezca la pena investigar al presidente del PP en un auto
repleto de inconsistencias y omisiones
La justicia no es igual para todos. No lo ha sido para el presidente del PP. La decisión del Tribunal Supremo sobre su máster
es, simple y llanamente, el enésimo ejemplo de que la separación de
poderes en España está muy lejos de funcionar como debería en una
democracia europea, como aquellas a las que nos queremos parecer.
Gracias al aforamiento, gracias a la forma en que se escogen a los jueces del Supremo, los políticos nombran a los que nombran a quienes les van a juzgar. Luego llegan estas decisiones. Todo por casualidad.
Para entender lo ocurrido con Pablo Casado, primero es
importante comprender una cosa fundamental. Lo que hoy ha decidido el
Tribunal Supremo sobre su máster regalado no es una sentencia. No es el
resultado de un juicio, tras una investigación, donde después de repasar
los hechos, escuchar a los testigos y contrastar las pruebas, un
tribunal decide que Pablo Casado es inocente.
No es
eso lo que ha pasado. Es mucho peor. El Tribunal Supremo, con los
numerosos hechos que hoy conocemos sobre su máster regalado, considera
que no existen "indicios consistentes" para investigar al presidente del
PP. No es que Casado haya sido juzgado y exculpado. Es que el Supremo
ha decidido que no hay siquiera pistas suficientes como para que merezca
la pena investigar mínimamente al presidente del PP.
Lo hace en un auto, que no una sentencia, plagado de inconsistencias y
omisiones. Este es un repaso documentado a lo que ha puesto por escrito
el máximo tribunal español. Entre negritas, algunos de los párrafos del
Supremo que conviene resaltar.
"En la exposición razonada (de la jueza) se consideran indicios de la
participación del aforado en el presunto delito de prevaricación los
siguientes: se matricula en el máster y paga las tasas; aporta su
expediente académico; solicita el reconocimiento de créditos, y acepta
el título y lo utiliza. Más adelante, en la misma exposición se añade el
reconocimiento de 40 créditos; la inasistencia a las clases, y la
calificación de las cuatro asignaturas sin rastro documental de la
aportación de trabajos".
No son estos los
únicos indicios de delito que la jueza Carmen Rodríguez Medel encontró
en la investigación del máster de Pablo Casado. La jueza enumera seis
datos más que el Supremo ignora en su auto, y que son claves para
documentar la posible complicidad de Casado en la presunta prevaricación
del catedrático Enrique Álvarez Conde, que es quien le regaló el máster
al presidente del PP.
El primero, que Casado no solo
no fue a las clases. Tampoco fue a los exámenes, que sí realizaron los
alumnos normales de ese máster.
El segundo. Que todos
los alumnos VIP –Casado y las otras tres que aún siguen imputadas–
sacaron exactamente las mismas notas: cuatro sobresalientes. Ya es
casualidad.
El tercero. Que todos los alumnos VIP
recibieron exactamente las mismas convalidaciones, que solicitaron todos
ellos a la vez. Y que las tres que sí están imputadas han declarado
ante la juez que fue Enrique Álvarez Conde quien les dijo que las
solicitaran.
El cuarto, que Casado y los demás
alumnos VIP tardaron solo quince días en merecer tres de esos cuatro
sobresalientes. “Es poco verosímil –escribe la jueza Rodríguez Medel–
que en ese plazo los alumnos del grupo escogido que no iban a clase
fueran tan productivos como para lograr, todos ellos, la calificación
de sobresaliente en tres de las cuatro asignaturas”.
El quinto, que una de esas alumnas VIP ya ha confesado la mayor: que no
hizo nada de nada a cambio de ese título y que fue Álvarez Conde quien
se lo regaló.
Y el sexto, que estos “indicios” no son
una excepción individual. Pablo Casado no es un caso aislado. Es solo
uno más entre otros muchos alumnos de distintos cursos a los que Enrique
Álvarez Conde aprobó sin merecerlo en un chiringuito académico, que
está siendo investigado por la justicia por su evidente corrupción
institucional.
El Supremo ignora todos estos
indicios y tampoco dice nada en su auto sobre la mínima investigación
que plantea la juez: interrogar a Casado y pedirle los trabajos que dice
que hizo y el viejo ordenador donde dice que los encontró. ¿Ayudaría
esta investigación a aclarar lo que ocurrió? Sin duda alguna. Pero el
Supremo se niega a permitir esta mínima indagación.
"El reconocimiento de 40 créditos se reconoce en la exposición razonada
que era lícito, por lo que no puede ser indicativo de la comisión de
una conducta delictiva. Es cierto que otros alumnos no lo solicitaron,
lo cual puede deberse a un, cuando menos, irregular comportamiento de
los responsables del máster, pero no supone responsabilidad penal alguna
por parte del aforado.”
No es solo que los
otros alumnos no solicitaran las convalidaciones de 18 de las 22
asignaturas (el reconocimiento de créditos). Es que a ninguno de ellos
se les dijo siquiera que podían recurrir a ese atajo para aprobar sin
ningún esfuerzo.
Solo los alumnos VIP –las tres
imputadas y Pablo Casado– pidieron y recibieron las convalidaciones. “El
resto de los alumnos eran también licenciados en su gran mayoría y,
sin embargo, nadie les informa de esta posibilidad que tan ventajosa les
resultaba para obtener el máster”, explica en su escrito al Supremo la
jueza Rodríguez Medel.
Por otro lado, la jueza no
solo explica que ese reconocimiento de crédito pueda ser lícito. Dice
muchas más cosas sobre esas convalidaciones, que el Supremo ignora en su
auto: que se trata de una “interpretación generalizada de la normativa
aplicable” y que “ninguna de estas solicitudes de reconocimientos de
créditos cumplen con los requisitos detallados en las instrucciones de
la propia universidad”.
Enrique Álvarez Conde fue
quien informó –solo a los VIP– de esas convalidaciones. Álvarez Conde
fue quien aprobó –solo a los VIP– esas convalidaciones. Pero dice el
Tribunal Supremo que no existe indicio alguno de que los alumnos
enchufados por Álvarez Conde concertaran con Álvarez Conde una
prevaricación.
"En cuanto al uso
del título, se trataría, en todo caso, de un hecho posterior a la
consumación del delito de prevaricación y, por lo tanto, irrelevante
penalmente, bien se cometa ésta al calificar las asignaturas con
sobresaliente sin mérito académico alguno o bien se entiende que se
cometa al expedir el título, con la misma carencia de merecimientos".
Que Pablo Casado usase el título en su currículum no es irrelevante,
aunque no sea un delito presumir de un título regalado. Demuestra que
Casado sabía que tenía ese título.
Es un dato
importante por una razón. Si a Casado le hubieran regalado el título sin
que él se diera cuenta, no lo habría añadido a su currículum. Es raro,
pero podría pasar. Imagínense que Enrique Álvarez Conde prevarica y
aprueba sin merecerlo a Casado, pero Casado no se entera de ello y por
tanto ni lo pone en su currículum. De haber ocurrido eso, sería más
dudoso que Casado hubiese tenido algo que ver con la prevaricación.
Pero que el líder del PP aún mantenga en su currículum oficial un
“máster en derecho autonómico por la URJC” significa que es consciente
de que le dieron ese título oficial. Y también es consciente, como
explica la juez Rodríguez Medel, de que lo hizo sin ir a clase, sin ir a
los exámenes, convalidando 18 de 22 asignaturas y sacando
sobresalientes a toda velocidad.
¿Acaso Casado cree
que la Universidad española funciona así? ¿Que con cuatro trabajos –como
mucho, porque ni siquiera eso está demostrado– te regalan un título
oficial que al resto de los mortales les cuesta un año de esfuerzos?
"En lo que se refiere a la inexistencia (sic) a clase, puesta en
relación con el aprobado posterior, tampoco es indicativa de un acuerdo
previo. La importancia es relativa, pues en la exposición razonada se
reconoce que no se pasaba lista…"
Una vez
más el Supremo solo lee en el escrito de la jueza aquello que le viene
bien. Copio y pego todo lo que dice Carmen Rodríguez Medel sobre cómo
Pablo Casado aprobó con sobresalientes un máster presencial, sin pisar
las clases ni los exámenes.
"Los
alumnos del grupo ordinario señalan la importancia que le daban los
profesores a la asistencia, que imponían tareas de clase en clase, que
se exponían públicamente trabajos, que percibían la misma como
obligatoria, que les generaba un esfuerzo notable ir y a pesar de ello
lo hacían por entender que era lo requerido. Iban nada menos que cuatro
días a la semana, de 16 a 20 horas, de lunes a jueves, de octubre a
marzo. Uno de los testigos, de manera extraordinariamente gráfica,
relató que tan interiorizado tenía que eran obligatorias que hizo un
esfuerzo personal extraordinario para compatibilizarlas con su trabajo: a
la salida de su jornada laboral tenía que comer en el tren, así durante
los varios meses que duraron las clases, pues de otro modo no llegaba a
ellas tras su salida del trabajo. Reconocen los alumnos, eso sí, que no
se pasaba lista".
De todo esta explicación, los
jueces del Supremo se quedan solo con un dato: que no se pasaba lista.
Todos lo demás desaparecen de su argumentación.
"Aunque pueda considerarse que de las actuaciones resultan indicios de
que se ha dispensado un trato de favor al aforado, y que ello pudiera
merecer otro tipo de consideraciones ajenas al Derecho Penal y, por lo
tanto, a la competencias que la Constitución y la Ley atribuyen a esta
Sala, de la exposición razonada no resultan indicios consistentes"
Al menos el Tribunal Supremo admite algo: “indicios de un trato de
favor”. Un trato de favor que consistió en un regalo evidente: un título
oficial en una Universidad pública. Un claro trato de favor que va a
quedar impune, para mayor insulto a todos los estudiantes que se
esfuerzan cada año en la Universidad.
El Supremo, de
ese modo, hace una distinción: existen indicios del trato de favor, del
regalo. Pero ese regalo –el cohecho impropio– es un presunto delito que
está prescrito. Pero no hay indicios de la cooperación para la
prevaricación, el otro delito que la jueza apunta en Casado.
El presidente del PP se libra así de su responsabilidad, pero no porque
los hechos sobre su máster regalado se hayan demostrado falsos, como
intenta vender el PP. Es más, el propio Tribunal Supremo concluye que no hay ningún indicio de que Casado cursara el máster.
Pero al mismo tiempo, dice que esos indicios no son suficientes como
para citarle a declarar como imputado –para investigar si participó como
cooperador en la prevaricación de Álvarez Conde– y también que no se
puede investigar el cohecho impropio porque estaría prescrito.
Es importante recordarlo, ahora que los voceros del PP piden a "sus
adversarios" que "pidan disculpas a Pablo Casado". ¿Disculpas por qué?
¿Por decir que le regalaron un máster? Sigue siendo la verdad, aunque
Casado se haya librado de la responsabilidad penal que aún podrían
afrontar el resto de las alumnas VIP, que hicieron exactamente lo mismo
que Pablo Casado, pero no han contado con el privilegio de de estar
aforadas.
"La valoración de los
hechos debe realizarse en relación con la posición del aforado en el
momento de su ejecución, cuando era Diputado de la Asamblea de Madrid,
por lo que deberá existir alguna vinculación apreciable entre el regalo
que se dice recibido en la exposición razonada y su función como tal
Diputado".
Y claro que existe una
vinculación apreciable, aunque es cierto que este último dato –desvelado
esta semana por eldiario.es– no aparece en el escrito que hace unos
meses escribió la jueza Rodríguez Medel.
El Instituto
de Derecho Público que dirigía Enrique Álvarez Conde, y que también
está siendo investigado por malversación, se nutría en gran medida de
subvenciones de la Comunidad de Madrid. La Comunidad de Madrid gobernada
por el PP, del que Casado era diputado autonómico. En Madrid, para más
señas.
Justo un año antes del máster regalado a Pablo Casado, la Consejería de Justicia de Madrid financió con 62.000 euros este chiringuito universitario dependiente de la URJC.
El consejero que firmó ese convenio con Álvarez Conde fue Alfredo
Prada. Alfredo Prada también es quien aupó a Pablo Casado a la
presidencia de las juventudes del partido en Madrid.
Pablo Casado entonces trabajaba para Alfredo Prada como asesor, en esa
misma consejería de Justicia que financió a Álvarez Conde.
Pero seguro que es casualidad. ¿Indicios de un presunto delito en el
presidente del PP? ¿El mismo PP que nombra a los vocales del CGPJ que
nombran a los jueces del Tribunal Supremo? ¡Aquí no hay nada que
investigar!
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