Medalla a la Virgen
Dos asociaciones laicas cubren en 48 horas las costas tras perder una demanda contra Interior que dio una medalla a la virgen
Las entidades laicistas logran “un cúmulo de pequeñas
donaciones” para cubrir la condena de 4.000 euros que les impuso el
Supremo por pleitear contra el Ministerio del Interior.
“En 48 horas había más de 4.000 euros en las cuentas y en 72, más de 7.000. Este tema ha generado un mar de fondo, y al final ha sido más destacable la respuesta de la gente que la condena”, señala Jorge García,
presidente de Mhuel (Movimiento Hacia Un Estado Laico), una de las dos
asociaciones, junto con Europa Laica, a las que el Tribunal Supremo ha
impuesto el pago de 4.000 euros en costas por pleitear contra la concesión de la medalla de oro al Mérito Policial a la virgen del Amor de
Málaga que aprobó el Ministerio del interior en tiempos de Jorge
Fernández Díaz. Una cuestación les ha permitido recaudar ese dinero en
menos de dos días.
La condena en costas, que se produjo en el segundo pleito que las entidades laicistas emprendían contra la concesión de la medalla, supuso un serio varapalo económico para las dos asociaciones, que viven de las aportaciones de sus miembros. “Barajamos varias alternativas, y al final optamos por abrir una cuenta de ‘paypal’ (transferencias de dinero online), colocar el enlace en nuestras webs y moverlo en redes sociales, convencidos de que iba a ser un proceso largo y del que no sabíamos qué resultado iba a dar”, anota García.
Sin embargo, la reacción fue inesperadamente rápida y contundente.
“Eso denota la movilización de los sectores laicos. Además, ha habido
una respuesta no solo de militantes laicistas, sino de gente de todo
tipo a la que la medalla le parecía un tema indefendible”, explica
García, que recuerda que “sigue entrando dinero” tras cerrar el
‘paypal’, principalmente vía transferencias a las cuentas de las
entidades.
De hecho, anota, “no ha habido ningún mecenas que
aporte una cantidad elevada, han sido todo ingresos de cinco, diez,
veinte, treinta o cuarenta euros”. “Ha sido un cúmulo de donaciones pequeñas pero masivas”, señala.
El sobrante, para futuros procesos judiciales
El sobrante de los 4.000 euros de las costas, que ya ha
sido ingresada en el Supremo, “quedará para futuros pleitos e iremos
informando de su uso”, añade el presidente de Mhuel, para quien “era una
vergüenza condenar a pagar las costas del pleito a dos asociaciones que
no reciben ninguna subvención pública”.
El Supremo impuso las costas a las asociaciones laicistas en una sentencia en la que rechazaba revisar otra por la que, unos meses antes, la Audiencia Nacional había avalado la concesión de la medalla.
Los demandantes intentaban incorporar a la causa la
resolución por la que Interior reguló en 2012 “los criterios y el
procedimiento a seguir para las propuestas de ingreso en la Orden al
Mérito Policial”, que no se había tenido en cuenta en el primer pleito
ya que, según estos, no era pública y sí “decisiva” y de “imposible
acceso para cualquier entidad ajena al Cuerpo (Nacional) de Policía”.
Sin embargo, la Sala de lo Contencioso del Supremo
concluye que esos textos no pueden “ser admitidos ni considerados como
documentos decisivos recobrados, no aportados por causa de fuerza mayor o
por obra de la parte en cuyo favor se dictó la sentencia, por lo que no
pueden conceptuarse como tales documentos a efectos de revisión”.
Es decir, que la imposibilidad de haber accedido antes
a ellos los convertía en inservibles, lo que conllevaba la condena en
costas.
“Referencias religiosas de muy difícil, si no imposible, justificación”
La sanción de costas no se produjo en la primera
sentencia sobre este asunto, que es la que ha ratificado ahora en
Supremo al rechazar el recurso de revisión de Mhuel y de Europa Laica.
La Audiencia Nacional dictaminó entonces que no había “irracionalidad” en concederle una medalla a la virgen,
ya que Interior tiene “discrecionalidad” para asignar condecoraciones
“salvo que se vulneren algunos de los elementos fiscalizables en toda
potestad discrecional”; algo, que, en su opinión, no ocurrió en este
caso.
Sin embargo, esa sentencia contó con el voto particular de dos de los cinco jueces del tribunal,
que consideraron que la “colaboración” que Interior atribuye a la
cofradía de esa virgen “no implica la prestación de servicios
[policiales] de trascendental importancia, una actuación ejemplar o
extraordinaria ni, en suma, ninguna circunstancia excepcional a la que
se asemeje”, y que la propuesta incluía “referencias religiosas de muy
difícil, si no imposible, justificación a la luz del artículo 16 de la
Constitución”, el que establece la aconfesionalidad del Estado, y de “la
realidad social española actual”.
Esto ocurría en un país en el que más de 200 cristos y vírgenes ostentan cargos honoríficos militares y municipales, como alcaldías perpetuas, medallas de oro, llaves de la ciudad o bastones de mando.
No impugnar para evitar males mayores
“Fuimos condenados, pero nunca se supo nada de las
costas”, recuerda García, que sigue estupefacto por la cuantía de la
minuta de la Abogacía del Estado y de la Procuraduría ante lo escueto de
los dictámenes que presentaron durante el procedimiento.
El Supremo propuso a los demandantes la posibilidad
de impugnar las costas, opción que desestimaron ante los gastos que
conllevaba y el riesgo de que también fueran condenados a pagarlas en
ese nuevo pleito.
Tampoco hubo costas en el Constitucional (nunca las hay), donde su recurso de amparo fue inadmitido por un tribunal en el que uno de los tres magistrados es miembro del Opus Dei y otro, exdiputado del PP.
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