martes, 3 de julio de 2018

4000€urakos. El castigo penal por querer ser laicos y aconfesionales, como dice la Constitución de un estado demofacha que nos vendieron como de democracia. Las bases sociales civilizadas son la clave, gracias a ellas y al apoyo mutuo, se puede salir con dignidad de cualquier marrón impuesto por el real fachantado dominante. Todo donaciones modestas, máximo de 40€. Los pobres son los más generosos y despiertos. Suele ocurrir. No hay como tener todo resuelto y flotar como merluzos en gili-despilfarros, para no entender nada de nada. Menos mal que no saben organizarse sin líderes tiranuelos...

Medalla a la Virgen 

Dos asociaciones laicas cubren en 48 horas las costas tras perder una demanda contra Interior que dio una medalla a la virgen

Las entidades laicistas logran “un cúmulo de pequeñas donaciones” para cubrir la condena de 4.000 euros que les impuso el Supremo por pleitear contra el Ministerio del Interior.





La medalla le fue impuesta a la virgen por el entonces director general de la Policía, Ignacio Cosidó. /EFE










“En 48 horas había más de 4.000 euros en las cuentas y en 72, más de 7.000. Este tema ha generado un mar de fondo, y al final ha sido más destacable la respuesta de la gente que la condena”, señala Jorge García, presidente de Mhuel (Movimiento Hacia Un Estado Laico), una de las dos asociaciones, junto con Europa Laica, a las que el Tribunal Supremo ha impuesto el pago de 4.000 euros en costas por pleitear contra la concesión de la medalla de oro al Mérito Policial a la virgen del Amor de Málaga que aprobó el Ministerio del interior en tiempos de Jorge Fernández Díaz. Una cuestación les ha permitido recaudar ese dinero en menos de dos días.
La condena en costas, que se produjo en el segundo pleito que las entidades laicistas emprendían contra la concesión de la medalla, supuso un serio varapalo económico para las dos asociaciones, que viven de las aportaciones de sus miembros. “Barajamos varias alternativas, y al final optamos por abrir una cuenta de ‘paypal’ (transferencias de dinero online), colocar el enlace en nuestras webs y moverlo en redes sociales, convencidos de que iba a ser un proceso largo y del que no sabíamos qué resultado iba a dar”, anota García.
Sin embargo, la reacción fue inesperadamente rápida y contundente. “Eso denota la movilización de los sectores laicos. Además, ha habido una respuesta no solo de militantes laicistas, sino de gente de todo tipo a la que la medalla le parecía un tema indefendible”, explica García, que recuerda que “sigue entrando dinero” tras cerrar el ‘paypal’, principalmente vía transferencias a las cuentas de las entidades.
De hecho, anota, “no ha habido ningún mecenas que aporte una cantidad elevada, han sido todo ingresos de cinco, diez, veinte, treinta o cuarenta euros”. “Ha sido un cúmulo de donaciones pequeñas pero masivas”, señala.

El sobrante, para futuros procesos judiciales

El sobrante de los 4.000 euros de las costas, que ya ha sido ingresada en el Supremo, “quedará para futuros pleitos e iremos informando de su uso”, añade el presidente de Mhuel, para quien “era una vergüenza condenar a pagar las costas del pleito a dos asociaciones que no reciben ninguna subvención pública”.
El Supremo impuso las costas a las asociaciones laicistas en una sentencia en la que rechazaba revisar otra por la que, unos meses antes, la Audiencia Nacional había avalado la concesión de la medalla. 
Los demandantes intentaban incorporar a la causa la resolución por la que Interior reguló en 2012 “los criterios y el procedimiento a seguir para las propuestas de ingreso en la Orden al Mérito Policial”, que no se había tenido en cuenta en el primer pleito ya que, según estos, no era pública y sí “decisiva” y de “imposible acceso para cualquier entidad ajena al Cuerpo (Nacional) de Policía”.
Sin embargo, la Sala de lo Contencioso del Supremo concluye que esos textos no pueden “ser admitidos ni considerados como documentos decisivos recobrados, no aportados por causa de fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se dictó la sentencia, por lo que no pueden conceptuarse como tales documentos a efectos de revisión”.
Es decir, que la imposibilidad de haber accedido antes a ellos los convertía en inservibles, lo que conllevaba la condena en costas.

“Referencias religiosas de muy difícil, si no imposible, justificación”

La sanción de costas no se produjo en la primera sentencia sobre este asunto, que es la que ha ratificado ahora en Supremo al rechazar el recurso de revisión de Mhuel y de Europa Laica.
La Audiencia Nacional dictaminó entonces que no había “irracionalidad” en concederle una medalla a la virgen, ya que Interior tiene “discrecionalidad” para asignar condecoraciones “salvo que se vulneren algunos de los elementos fiscalizables en toda potestad discrecional”; algo, que, en su opinión, no ocurrió en este caso.
Sin embargo, esa sentencia contó con el voto particular de dos de los cinco jueces del tribunal, que consideraron que la “colaboración” que Interior atribuye a la cofradía de esa virgen “no implica la prestación de servicios [policiales] de trascendental importancia, una actuación ejemplar o extraordinaria ni, en suma, ninguna circunstancia excepcional a la que se asemeje”, y que la propuesta incluía “referencias religiosas de muy difícil, si no imposible, justificación a la luz del artículo 16 de la Constitución”, el que establece la aconfesionalidad del Estado, y de “la realidad social española actual”.
Esto ocurría en un país en el que más de 200 cristos y vírgenes ostentan cargos honoríficos militares y municipales, como alcaldías perpetuas, medallas de oro, llaves de la ciudad o bastones de mando.

No impugnar para evitar males mayores

“Fuimos condenados, pero nunca se supo nada de las costas”, recuerda García, que sigue estupefacto por la cuantía de la minuta de la Abogacía del Estado y de la Procuraduría ante lo escueto de los dictámenes que presentaron durante el procedimiento.
El Supremo propuso a los demandantes la posibilidad de impugnar las costas, opción que desestimaron ante los gastos que conllevaba y el riesgo de que también fueran condenados a pagarlas en ese nuevo pleito.
Tampoco hubo costas en el Constitucional (nunca las hay), donde su recurso de amparo fue inadmitido por un tribunal en el que uno de los tres magistrados es miembro del Opus Dei y otro, exdiputado del PP.

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